viernes, 28 de diciembre de 2007

la realidad que vivimos los que trabajamos en rio dulce de quellon



Quellón, Chiloé/ 17 Diciembre de 2007. (Ecoceanos News)
— Persecución sindical, extensas jornadas laborales que superan las 10 horas, despidos arbitrarios y salarios “miserables”
denunció el Sindicato de Trabajadores de la empresa Río Dulce, que presta servicio de maquiladora desde sus instalaciones en Quellón a grandes compañías salmoneras, como Aqua Chile, Multiexport, El Golfo e Invertec.
La compañía del “cluster salmonero” encabeza la lista de las empresas de la Provincia de Chiloé con más infraccionalidad laboral, según la Inspección Comunal del Trabajo de Quellón.
De hecho, hasta agosto de 2006 Rio Dulce tenía multas que ascendían a 26 millones de pesos. Esto, por vulnerar el derecho de los trabajadores a organizarse, emitir contratos ilegales, no respetar las normas de higiene y seguridad, no cancelar las remuneraciones de manera íntegra ni las horas extraordinarias, no otorgar los descansos correspondientes (dos domingos al mes), y por obstaculizar la fiscalización de entidades estatales, entre otras.
Y este año la historia se repite. El más reciente abuso fue el despido de seis socios del Sindicato bajo el argumento de “necesidades de la empresa”, una antigua ley que implemento la dictadura de Pinochet.
Pero según los trabajadores, la empresa “está contratando todos los días personal ofreciéndoles un sueldo superior al mercado”, por lo que “los despidos responden a una persecución sindical”.
Agregan que para lograr tal remuneración que promete la empresa habría que trabajar más de 10 horas diarias, pues “hasta el tiempo que vas al baño y cuantas veces vas, queda registrado en la planilla”.
Río Dulce cancela a sus empleados un sueldo base de 53 mil pesos y luego aumenta vía bonos. “Nuestro salario depende de las horas extras y de la cantidad de piezas que procesemos por día”, denuncian los obreros.
En entrevista con Ecoceanos News, el presidente del sindicato, Gustavo Cortes, relató que “Patricio Lastra, uno de los socios, fue despedido por reclamar por las extensas jornadas laborales. Trabajamos más de 10 horas diarias, de las cuales 6 horas estamos sin colación”.
Informó que “otros dos afiliados fueron despedidos por denunciar incumplimiento de acuerdos suscritos en la negociación colectiva, como el pago de un bono de ‘planillero’ mensual de 25 mil pesos”.
Tras la denuncia, la Inspección Comunal del Trabajo obligó a la empresa, en noviembre, a pagar a los obreros cerca de 300 mil pesos, cifra adeudada durante un año por concepto de bono.
Gustavo Cortes agregó que varios trabajadores han sido contratados en forma irregular. La empresa se ampara en el Artículo 22 del Código del Trabajo, que se refiere a la duración de la jornada ordinaria de trabajo y permite que ciertos trabajadores bajo determinadas condiciones queden excluidos de la exigencia de limitación horaria de cuarenta y cinco horas semanales.
De esta manera, según los dirigentes, Río Dulce no mantiene registros de asistencia.
El dirigente explica que todos los obreros cumplen horario y realizan sus funciones al interior de la planta, por lo que recurrir a este resquicio legal no procede.
Cortes denunció que el jefe de turno Cristián Riveras les dijo que haría todo por desmantelar el sindicato.
Pero la empresa Río Dulce incurre en prácticas antisindicales desde la constitución del Sindicato, el 12 de agosto de 2006. A los pocos días, el empleador Ismael Tocornal Fuenzalida, procedió a despedir a 9 trabajadores afiliados, de los cuales dos eran miembros de la directiva, denuncian los dirigentes.
Según la explicación empresarial, la medida habría sido adoptada por baja producción. Sin embargo, luego contrató a un grupo de trabajadores externos para suplir las labores de los despedidos.
El 29 de agosto de 2006 la Inspección Comunal del Trabajo de Quellón sancionó a la compañía por separación ilegal de trabajadores que tenían fuero sindical. Dos días después, es nuevamente multada debido a que no reintegró de los dirigentes. En la ocasión, la oficina estatal instó a los trabajadores a interponer acciones legales contra el empleador.
El incumplimiento a las normas de higiene y seguridad es otra de las denuncias recurrentes en contra de la empresa Río Dulce. De hecho, el petitorio de la última negociación colectiva no incluía solo mejoras en las remuneraciones, sino que se implementen equipos de seguridad en las labores, ya que –según denuncia el sindicato-, a menudo ocurren accidentes laborales.
El Sindicato está a la espera de las fiscalizaciones de la Inspección del Trabajo y exige que se apliquen las sanciones correspondientes.*****FIN*****

martes, 25 de septiembre de 2007

ESTADO CHILENO DEBERÁ RESPONDER CONSULTA INTERNACIONAL POR PROBLEMAS GENERADOS POR SALMONERAS EN TERRITORIO MAPUCHE


ESTADO CHILENO DEBERÁ RESPONDER CONSULTA INTERNACIONAL POR PROBLEMAS GENERADOS POR SALMONERAS EN TERRITORIO MAPUCHE



Vocero de la comunidad protestando contra la plaga de piojos en salmones


(foto: C. gutierrez). Comunidad Mapuche-Huilliche de Pargua además interpuso una denuncia en que reclama por riesgo de desplazamiento y migración forzada de los integrantes de estas familias indígenas.


Puerto Montt, 20 de septiembre de 2007. (Ecoceanos News)— El Estado de Chile deberá responder a una consulta formal de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto a los reclamos de la comunidad Mapuche Huichille Pepiukelen, contra la instalación de una factoría productora de alimentos para salmones del Holding Agrosuper en la localidad de Pargua, al sur de Puerto Montt.

Esta es una de las primeras ocasiones en que la CIDH interviene en un conflicto en que las acciones de compañías privadas atentan contra los derechos humanos de comunidades indígenas, afirma el abogado patrocinador de la causa Diego Carrasco del Observatorio de Control Interamericano de los Derechos de los y las Migrantes (OCIM).


La instalación de esta empresa ha estado cuestionada desde un principio por las comunidades indígenas que afirman que han existido irregularidades en aspectos legales de tipo ambiental, indígena y de uso de agua. Además acusan que han sufrido hostigamientos y amenazas en su proceso de denuncia contra esta compañía.


Estos reclamos fueron realizados a los tribunales chilenos donde recorrieron un largo camino hasta llegar a la Corte Suprema que no tramitó el caso por considerarlo extemporáneo.


Pero la comunidad Mapuche no quedó conforme y acudió al organismo continental.

El abogado Diego Carrasco afirma que aún persiste la “contaminación, la afectación al derecho a la vida e integridad física y los hostigamientos y amenazas” a la comunidad y sus dirigentes.


La presentación en esta Comisión, es la antesala para llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual tiene potestad de dictar sentencia condenatoria contra los Estados del continente. La carta oficial del Secretario Ejecutivo de la CIDH, Santiago Cantón, señala que han solicitado información adicional y actualizada al Estado de Chile respecto a “medidas que han tomado las autoridades para proteger a los miembros de la Comunidad Pepiukelen”. La Comisión Interamericana también exige explicación acerca del “estado de las investigaciones iniciadas a raíz de las denuncias efectuadas por los miembros de la Comunidad sobre distintas amenazas y actos de hostigamiento que habrían sufrido”.


LIBRE DETERMINACION Y TIERRAS ANCESTRALES La importancia de esta resolución, dice el abogado Carrasco, es que la CIDH “se constituye en un foro que escucha las legítimas peticiones del pueblo Mapuche Huilliche; en segundo lugar que interviene en un caso que se trata de ocupación de territorio ancestral por parte de empresas privadas; y se trata de inversiones privadas y no estatales como había ocurrido en casos anteriores respecto a la ocupación de territorio indígena”.


Carrasco también recalca que en esta situación “está en juego directamente la libre determinación” de esta comunidad Mapuche. El abogado del OCIM agrega que este caso “dice relación con la usurpación histórica de tierras de parte del Estado de Chile, a través de la declaración de las tierras Mapuche Huilliche como de interés fiscal y la posterior ocupación, incluso de españoles de esas tierras”. Carrasco describe que originalmente la comunidad Pepiukelen llegó a habitar cerca de 400 hectáreas hasta llegar a 3,5 hectáreas que es las que tienen actualmente. Ahora en los alrededores de esta comunidad se han instalado “3 o 4 empresas que contaminan y que afectan el derecho a la vida, la libre determinación y salud” de estos indígenas. LABOR DEL ESTADO Consultado específicamente sobre la carta enviada por la CIDH al Estado de Chile,

el abogado del OCIM afirma que es “un pedido de explicaciones al Estado para que informe respecto lo que ha hecho para proteger y cautelar a esta comunidad precisamente, y en segundo termino que se ha hecho para proteger al vocero de la comunidad, Francisco Vera Millaquén, respecto a amenazas que ha sufrido”. Pero la cuestión de fondo es si el Estado chileno genera garantías para “el ejercicio o no, del cumplimiento o no, de los derechos humanos que tiene la comunidad indígena”.


“La misión y deber del Estado es restablecer el debido imperio del derecho y hacer que la comunidad indígena Pepiukelen no se vea afectada por estas empresas”, dice el jurista. Entonces el Estado debe hacer “lo necesario para que estas empresas se vayan a otro lugar y poder hacer lo necesario para reparar a la comunidad indígena por todos los perjuicios morales y materiales, y que cesen los hostigamientos contra sus dirigentes”.

Sin embargo Carrasco sostiene que “no ha habido ninguna forma en que el Estado de Chile ha hecho ambas cosas, por lo tanto en conocimiento de la respuesta que de el Estado, haremos las acciones necesarias de forma de poder obtener esta medida cautelar o la petición en subsidios sea declarada admisible en favor de la comunidad”.


A parte de esta solicitud de medidas cautelares, la comunidad con el auspicio del Observatorio de Pueblos Indígenas y el OCIM interpusieron una demanda internacional contra el Estado “por el desplazamiento forzado de pueblos indígenas y por lo tanto la migración forzada que eso conllevaría a la comunidad Pepiukelen”.


“Lo que valoramos es que en este caso, respecto a la medida cautelar, ya la CIDH está pidiendo antecedentes sobre esto y creemos que lo que responda el Estado de Chile va a ser muy importante para que la CIDH declare admisible o inadmisible la demanda internacional contra Chile”. Esto “generaría un precedente internacional que podría llegar a la Corte Interamericana” puntualiza el abogado del OCIM.*****FIN*****